En muchos países se impulsa sancionarlo al incluirlo en leyes de acoso, abuso y agresión sexual. Tendencias y qué sucede en la Argentina.
Crece el envío de material sexual no solicitado, el llamado «Cyberflashing».
No hace falta un caso testigo para hablar de personas, principalmente mujeres, que fueron violentadas, vulneradas, por otras que les mostraron sus genitales en la vía pública, en un transporte o en casi cualquier parte. La tendencia ahora crece de la mano de la virtualidad, y se denomina “Cyberflashing”: el envío de imágenes sexuales por redes sociales o apps de mensajería.
Según las Naciones Unidas, las mujeres a nivel mundial tienen 27 veces más probabilidades de ser atacadas en Internet. Las plataformas online se utilizan cada vez más para perpetrar acoso y puede incluir comportamientos como el monitoreo de perfiles de redes sociales o correos electrónicos, abuso en redes sociales como Facebook, Instagram, TikTok, Twitter o más intensamente en Apps de citas, compartir fotos o videos íntimos sin su consentimiento, usar localizadores GPS o software espía.
Aproximadamente el 40% de los jóvenes de entre 12 y 17 años fueron acosados online. Al 30% le pasó más de una vez.
El 17% de las nenas adolescentes fueron objeto de al menos cuatro tipos diferentes de comportamientos abusivos, en comparación con el 6% de los varones.
Instagram es el sitio de redes sociales donde la mayoría de los jóvenes informan haber experimentado acoso cibernético, y el 47% de los encuestados experimentan acoso en la plataforma.
“La mayoría de las mujeres, la primera vez que vio un genital masculino fue porque se lo exhibió involuntariamente un señor por la calle. Cada tanto se viralizan historias de miles de mujeres que cuentan que esta es su experiencia, y ha sido también la mía. Sobre todo aprovechándose de la inmadurez y el estado de vulnerabilidad de chicas que están saliendo de la infancia o en la preadolescencia o en la adolescencia. Es muy común”, le contó a TN Tecno Florencia Zerda, abogada y autora del libro Violencia de Género digital.
La encuesta “Consentimiento y violencia digital”, de la Fundación Avon, revela datos importantes al respecto. 8 de cada 10 mujeres en la Argentina recibieron imágenes con contenido sexual y/o nudes sin consentimiento. En cambio, 8 de cada 10 se aseguran de tener el consentimiento del receptor de contenido sexual que ellas envían.
Cyberflashing, agresión sexual virtual
Cada vez más personas, especialmente mujeres y menores de edad reciben imágenes gráficas (foto/video) no solicitadas ni deseadas de hombres. Que llegue este tipo de contenido, imágenes de “partes íntimas” (también llamadas dick pics /fotos de penes) es especialmente común entre las mujeres que usan apps de citas. Pero últimamente aumentaron también a través de servicios de mensajería como WhatApp y Telegram o mensajes directos de redes sociales.
En el Reino Unido ya se presentó en el parlamento un proyecto para penar el “cyberflashing”, el envío de fotos o videos sexuales no solicitados, entre otras formas de ciberacoso.
“Criminalizar el flasheo cibernético como un delito sexual, está en la misma línea que una variedad de situaciones aparecidas y multiplicadas en pandemia como Sextorsión, Pornovenganza, Abuso, Acoso y Cyberbulling. Entre otras cosas la fuerza de ley podría ayudar y obligar a los cuerpos de policía y las justicias de los países a identificar y detener a los perpetradores”, lo explicó Gabriel Zurdo, CEO de BRT Consulting y especialista en seguridad informática.
Penalizar este tipo de comportamiento puede disuadir a los posibles delincuentes cibernéticos de presionar “enviar”. Mientras que algunas personas/mujeres intentan “reírse” o minimizar el hecho de recibir una foto no deseada de un pene, para otras resulta aterrador, angustioso o humillante, especialmente si se trata de menores de edad, niñas o adolescentes. La naturaleza no consentida de esta conducta la convierte en violatoria e intrusiva, sintiéndose “asqueadas” y “violadas”.
“Muchas mujeres cuentan que reciben, de completos desconocidos fotos de sus genitales o de personas que conocen o de personas con las que incluso han conocido y se han intercambiado material íntimo de manera consentida y llega un momento que ellas no lo admiten más o no quieren hacer esas prácticas más y de repente te llega la foto de un genitales de una persona. Se nota una falta de entendimiento del consentimiento en muchos varones, que quizás no entienden que si no se solicita y si no se acepta incluso si en algún momento se practicó sexting, el consentimiento se tiene que estar renovando constantemente. La voluntad de la mujer es pasada por alto como si fuéramos un objeto. Por eso hay que estar repitiendo ‘no es no’ constantemente”, afirmó Zerda.
“Cyberflashing también puede ser experimentado como acoso, cuando un hombre que ha estado enviando mensajes persistentemente, a pesar de que ella lo ignora, le envía una imagen de un pene erecto, el comportamiento intrusivo de un hombre podría convertirse en violencia. En varios países en donde fue clasificado como un delito sexual, se observa en numerosas oportunidades que varios delincuentes llevados ante la justicia por delitos sexuales graves, fueron previamente denunciados por Cyberflashing”, agregó Zurdo.
“Un usuario que envía ‘una imagen o video de los genitales de cualquier persona’ tiene la intención de causar alarma, angustia o humillación, si la justificación es ‘obtener gratificación sexual’ y fue ‘imprudente’, la incorporación de la imprudencia abre la puerta a otra discusión, si haces Cyberflashing y le provocas daño a alguien, no es suficiente decir simplemente que no fue tu intención”, concluye el especialista en seguridad informática.
Exhibicionismo, cyberflashing y legislación en la Argentina
“El delito de exhibiciones obscenas se encuentra penado en el artículo 129 del Código Penal, pero lamentablemente tiene una pena de multa de 1.000 a 15.000 pesos. Si los afectados o las afectadas son menores de edad, ahí sí la pena es de prisión de 6 meses a 4 años. La verdad que generalmente nunca pasa nada y estas personas siguen siempre impunes”, detalló Zerda, que también es Integrante de la organización GENTIC y de la red de abogadas feministas.
“Si las víctimas son menores de edad además del art 129 pueden configurarse otros delitos, dependiendo el caso en particular, puede llegar a existir el delito de grooming”, agregó la abogada, que también sufrió este delito en carne propia.
“Las agresiones machistas se han trasladado al mundo virtual a través de diversas modalidades y las exhibiciones virtuales están pasando con mucha frecuencia. Yo como me dedico a investigar y a trabajar en violencia de género digital, recibo muchas consultas por este tema”, que de abogada y asesora se convirtió en víctima.
“Un señor que de La Plata, durante la fase 1 de la pandemia, en el 2020, le enviaba fotos y videos masturbándose a un montón de mujeres con la excusa de que con el aislamiento ya no se podía ni siquiera salir a prostíbulos y que además por culpa del feminismo él no ya no podía acercarse a las mujeres porque cualquier acercamiento era tildado de violento”, explicó la mujer.
Zerda dio una nota hablando sobre este tipo de acoso virtual y este hombre la empezó a hostigar un año más tarde: “me buscó en las redes sociales y me empezó a hostigar y amenazar, enviándome videos de su genitales y fotos de él masturbándose”.
“Lo hace con muchas feministas, hay un montón de mujeres que lo están denunciando. Su nombre es José Derman, hoy se encuentra procesado en una causa, que tramita ante la Fiscalía N° 1 y el juzgado 16 penal y contravencional de la Ciudad de Buenos Aires. Ahora lo cambiaron, estaba caratulado en primer momento por amenazas y exhibiciones y ahora está como ‘hostigamiento digital’, que en realidad es una contravención que existe en la ciudad autónoma de Buenos Aires y la contravención es un delito más pequeño. Es una diferencia de criterios que bueno eventualmente se resolverá si es un delito o si es una contravención. Para mí debería ser un delito, no una contravención, pero está en plena investigación en la causa”, detalló la abogada.